Ante la propuesta de Bankia de devolver el dinero a los accionistas minoritarios, prudencia

Esta mañana leímos en prensa que a partir de mañana, 18 de febrero, todos los accionistas minoritarios de Bankia podrán solicitar a la entidad que les devuelva el dinero invertido en la salida a Bolsa.

A primera vista,  una buena noticia para los que quieran zanjar el problema sin mucha incomodidad. Solo les actualizan lo aportado con un 1%, muy inferior al interés legal que les correspondería y aplicaría probablemente por Sentencia, que ronda el 4%.

Puede descargar el impreso para entregar en las oficinas en el siguiente enlace.  Es fácil de cumplimentar, pero si requiere alguna aclaración, no dude en consultarnos, pues no consta que hay personas, sobre todo de avanzada edad, a la que  esta solicitud de restitución puede resultarle compleja.

Sí queremos resaltar que NO EN TODOS LOS SUPUESTOS  los afectados van a recuperar su dinero, puesto que están excluidas de este proceso, las acciones de Bankia comprendidas en CINCO SUPUESTOS.

Desde Rimada entendemos lógico excluir a tres de ellos: aquellos que ya tienen sentencia, y las instituciones que pudieran haber adquirido Acciones, -pues además nuestra especialidad es defender al cliente minorista, es decir a personas que como usted compró-, y las acciones suscritas en la OPS Bankia 2011 que tienen algún tipo de carga o gravamen, pues por su complejidad deberían a nuestro juicio analizarse de forma individual, lo que no impide que prospere su reclamación ante un tribunal judicial.

Sin embargo, no estamos de acuerdo con la exclusión de esta posibilidad de restitución a los que compraron tras la salida a Bolsa o a los que llegaron a ser titulares de las acciones por habérselas canjeado por los híbridos, participaciones preferentes u obligaciones subordinadas que tenían con anterioridad.  A estos dos grupos les recomendamos encarecidamente que acudan al juzgado.  En nuestro despacho, de forma gratuita, analizaríamos y presupuestaríamos sin compromiso su supuesto, que salvo casos excepcionales estamos seguros de que serían viables:

1º.- En cuanto a las las acciones compradas en el mercado secundario (compradas en Bolsa con posterioridad a la OPV), decir que también pueden recuperar su dinero. Ya lo hemos conseguido en varios supuestos, y como mejor prueba un botón: la publicación reciente de la Sentencia por la que un titular de acciones compradas después de la salida a bolsa, recuperaba su dinero más el interés legal devengado.  Para nosotros es indiferente que usted haya vendido o continúe siendo titular de las acciones.  Le ayudaremos en ambos casos.

2º.- Las acciones adjudicadas por los mecanismos de canje de instrumentos híbridos: efectuados en marzo de 2012 y mayo de 2013.  Se trata de los titulares de participaciones preferente su obligaciones subordinadas de alguna de las siete cajas que configuraron Bankia, y que a pesar de haber sido doblemente engañados -la primera al comercializarles los híbridos de alta complejidad y riesgo y la segunda, por canjeárselos por unos títulos u acciones que no tenían apenas valor-.  Por ello, desde nuestro despacho, estamos seguros de poder acreditar ante los tribunales que usted no recibió la información completa y adecuada a su perfil antes de comprar los híbridos y la nulidad de estas compras implica la nulidad del posterior canje.