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	<title>Rimada abogados en Asturias &#187; promotoras</title>
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		<title>Promociones inmobiliarias fallidas: abrimos un nuevo frente judicial contra las entidades bancarias</title>
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		<pubDate>Thu, 28 Apr 2016 07:58:27 +0000</pubDate>
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		<description><![CDATA[¿Has comprado una vivienda sobre plano y la promotora se ha declarado en concurso de acreedores? Tanto si la constructora tenía aval o seguro por las cantidades entregadas por el… <a href="http://www.abogadosrimada.com/promociones-inmobiliarias-fallidas-abrimos-un-nuevo-frente-judicial-contra-las-entidades-bancarias/" class="read-more-link">Leer más &#8594;</a>]]></description>
				<content:encoded><![CDATA[<p style="text-align: justify">¿Has comprado una vivienda sobre plano y la promotora se ha declarado en concurso de acreedores?</p>
<p style="text-align: justify">Tanto si la constructora tenía aval o seguro por las cantidades entregadas por el comprador como si no es así, desde <strong>Rimada Abogados</strong> podemos ayudarte a recuperar las cantidades entregadas a la entidad financiera.</p>
<p style="text-align: justify"><a href="http://www.abogadosrimada.com/wp-content/uploads/2016/04/COMPRADOR.jpg"><img class="alignleft size-medium wp-image-180" src="http://www.abogadosrimada.com/wp-content/uploads/2016/04/COMPRADOR-300x167.jpg" alt="Rimada Abogados, despacho jurídico en Gijón" width="300" height="167" /></a>La nueva normativa en vigor desde el 1 de enero de 2016, regula los derechos de los compradores de vivienda sobre plano, obligando al banco a devolver las cantidades entregadas a cuenta de los compradores de viviendas sobre plano, incluso en ausencia de aval o seguro bancario, <u>siempre que se reclame antes de dos años</u>, plazo de caducidad para ejercitar esta opción.</p>
<p style="text-align: justify">La Audiencia Provincial de Valencia ha sido la primera en responsabilizar a un banco, obligándole a reintegrar el anticipo y los intereses a una persona que compró una vivienda sobre plano a una promotora que quebró. Este fallo, que por primera vez toma en cuenta la contundente resolución del Tribunal Supremo, del pasado 21 de diciembre de 2015, marca un antes y un después no sólo para todos aquellos compradores que no recibieron ningún tipo de aval tras haber entregado un anticipo a cuenta a una promotora que posteriormente quebró -y que daban su dinero por perdido-, sino también a los que recibieron las llaves de su nuevo hogar fuera de plazo.</p>
<p style="text-align: justify">Recordamos que para el Alto Tribunal, “las promotoras que reciban un anticipo siempre deberán abrir una cuenta especial para depositar este dinero y tendrán que solicitar la correspondiente garantía para responder frente a los compradores por el total de la cantidad ingresada” y añade que «las entidades de crédito que admitan ingresos de los compradores en una cuenta del promotor sin exigir la apertura de una cuenta especial y la correspondiente garantía responderán frente a los compradores por el total de las cantidades anticipadas ingresadas en la cuenta».</p>
<p style="text-align: justify"> Un nuevo golpe para las entidades bancarias, que ya han empezado a aprovisionarse ante futuras demandas y nos consta, están buscando acuerdos extrajudiciales con los compradores.</p>
<p style="text-align: justify"> Desde <strong>Rimada Abogados</strong>, aconsejamos no aceptar ningún tipo de acuerdo sin antes consultar con un experto en la materia.</p>
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